Guías / Derechos laborales
Me despidieron: qué me corresponde y qué hacer paso a paso
Un despido sin causa da derecho a varios pagos, no solo a la indemnización. Te explicamos cuáles son, en qué plazo te los tienen que pagar y qué hacer en los primeros días.
Por el equipo de Cuánto Me Toca. Publicado el . 3 minutos de lectura.
Primero: ¿fue un despido sin causa?
Hay despido sin causa cuando el empleador termina la relación sin invocar un motivo, o con un motivo que no alcanza para justificarlo. Es el caso más común y el que da derecho a la indemnización completa. Si el empleador invoca una justa causa (por ejemplo, una falta grave), tiene que detallarla por escrito. Si no estás de acuerdo con esa causa, se discute, y muchas veces termina siendo considerado sin causa.
Qué te tienen que pagar
La liquidación final por despido sin causa se compone de varios rubros:
- Indemnización por antigüedad: un sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses, con un mínimo de un sueldo. Desde la reforma laboral de 2026 (Ley 27.802), la base es la remuneración mensual, normal y habitual, sin aguinaldo, vacaciones ni premios no mensuales.
- Preaviso: si no te avisaron con anticipación, te lo tienen que pagar. Son 15 días si estabas en período de prueba, un sueldo si tenías menos de 5 años de antigüedad y dos sueldos si tenías 5 años o más. Se le suma su parte de aguinaldo.
- Integración del mes de despido: si te despiden sin preaviso y no es el último día del mes, te pagan los días que faltan hasta fin de mes, con su aguinaldo.
- Días trabajados del mes.
- Aguinaldo proporcional del semestre en curso.
- Vacaciones no gozadas proporcionales a lo trabajado en el año, con su aguinaldo.
Podés calcular cada rubro con tus fechas y tu sueldo en la calculadora de indemnización.
Plazo para pagar
La liquidación final debe pagarse dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la terminación de la relación laboral. También te tienen que entregar el certificado de trabajo y la constancia de aportes.
Qué hacer en los primeros días
- Guardá todo por escrito. El telegrama o la carta documento del despido, tus últimos recibos de sueldo y cualquier mensaje o mail relacionado.
- No firmes nada que no entiendas. Si te piden firmar una renuncia o un acuerdo, no lo hagas sin asesorarte: una renuncia no da derecho a indemnización.
- Revisá la liquidación. Compará lo que te pagan con tu propio cálculo. Si falta algo, firmá el recibo agregando "recibí a cuenta de mayor cantidad".
- Consultá a un abogado laboralista o a tu sindicato. Muchos colegios de abogados y oficinas públicas ofrecen orientación gratuita.
- Pedí tu certificado de trabajo. Lo vas a necesitar para tu próximo empleo y para tus trámites.
Si trabajabas "en negro" o mal registrado
Si no estabas registrado, o lo estabas con un sueldo o una fecha de ingreso menores a los reales, podés reclamar. La reforma laboral de 2026 creó además un programa de blanqueo para que los empleadores registren a sus trabajadores con beneficios. Es un caso que conviene llevar con un profesional.
El tope de la indemnización
La indemnización por antigüedad tiene un tope ligado al promedio de sueldos del convenio colectivo de tu actividad, con un piso fijado por la jurisprudencia. Si tu sueldo es alto en comparación con tu convenio, el monto real puede ser menor al de una cuenta simple. Por eso, ante sueldos altos, es aún más importante consultar.
Casos especiales
Hay indemnizaciones agravadas en ciertos casos: despido por embarazo o maternidad, por matrimonio, de representantes gremiales o mientras estás con licencia por enfermedad. En esas situaciones, no aceptes la liquidación sin asesorarte.
Esta guía es informativa y no reemplaza el consejo de un abogado. Cada caso depende del convenio, de la antigüedad y de cómo se produjo el despido.